
El Primer Tribunal Ambiental desestimó los cuestionamientos realizados por el Sindicato de Trabajadores Independientes de Agricultura Cunicultura Desierto Verde, por la Asociación Núcleo Geológico Norte, así como por los vecinos Ada Calderón Ramírez, Natalia Sánchez Muñoz, Domingo Lara Izquierdo y Óscar Troncos Torrejón, en contra de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N° 20230200153, de 28 de marzo de 2022, que calificó favorablemente la declaración de impacto ambiental del proyecto Comahue, del titular Next Minerals S.A., en la comuna de Antofagasta, Chile.
Las agrupaciones y vecinos plantearon la existencia de eventuales vicios en la evaluación ambiental de la iniciativa, vinculados con la exclusión de La Reserva Nacional La Chimba del área de influencia del proyecto, así como el descarte de impactos significativos sobre la salud de la población, recursos naturales renovables, alteración de los sistemas de vida y costumbres de las comunidades cercanas, áreas protegidas y patrimonio cultural. Además, cuestionaron que la autoridad ambiental no ponderó debidamente los pronunciamientos de CONAF y de la DGA en relación con la ubicación cercana de la Reserva Nacional La Chimba y el eventual impacto sobre los recursos hídricos, respectivamente.
La sentencia determina que no existen formas de interacción directa de las partes, obras y/o acciones del proyecto con la Reserva Nacional La Chimba, ya que los diferentes estudios realizados descartan que los impactos del proyecto alcancen niveles significativos en la reserva o en otros elementos de valor ambiental del territorio.
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Se detalla en el fallo que existió una correcta estimación y modelación del material particulado y gases que emitiría el proyecto, comprendiendo a todos los receptores sensibles, incluidos El Sindicato de Trabajadores Independientes de Agricultura Cunicultura Desierto Verde y otros pequeños agricultores del sector, descartándose fundadamente que el proyecto genere riesgos para la salud de la población.
Asimismo, el tribunal descartó que el proyecto afecte los sistemas de vida y costumbres de los grupos humanos cercanos. Según la evidencia técnica presentada durante su evaluación, no se identificaron impactos adversos significativos sobre la comunidad. Las modelaciones de emisiones atmosféricas y de ruido indican niveles por debajo de las normas aplicables en el predio del Sindicato Desierto Verde. Además, el proyecto no contempla la extracción de aguas que puedan perjudicar las actividades agrícolas ni generará restricciones de acceso o alteraciones en las rutas utilizadas.
En cuanto a la supuesta falta de consideración de los pronunciamientos sectoriales de la CONAF y la DGA, el Tribunal destacó que el SEA, ejerciendo su rectoría técnica, ponderó adecuadamente los antecedentes existentes en la evaluación ambiental del proyecto, descartando técnicamente lo sostenido por CONAF y considerando expresamente lo requerido por la DGA al complementar el sistema de monitoreo para detectar posibles fugas e infiltraciones.
“El tribunal rechazó la reclamación y resolvió que la resolución impugnada era legal, dado que se descartaron las ilegalidades invocadas por los reclamantes, al constatarse que se efectúo una fundada determinación y delimitación del área de influencia del proyecto minero Comahue para los componentes aire, fauna, ruido, agua en relación con la Reserva Nacional La Chimba. Asimismo, se verificó una debida justificación de la inexistencia de un riesgo para la salud de la población y de efecto significativo sobre el aire, el medio humano, las áreas protegidas y el patrimonio cultural. Adicionalmente, el Tribunal descartó una eventual infracción por la falta de consideración de los pronunciamientos de la CONAF y la Dirección General de Aguas, al constatarse su debida ponderación y análisis técnico por parte del Servicio de Evaluación Ambiental de Antofagasta”, detalló el Ministro Titular en Ciencias, del Primer Tribunal Ambiental, Marcelo Hernández.