Argentina: Se aprueba el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI)

Argentina: Se aprueba el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI)
A último momento, el Gobierno aceptó cambios al Régimen de Incentivos a las Grandes Inversiones (RIGI).| Crédito: Senado de Argentina

El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), que el Gobierno de Javier Milei impulsó a través de la Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, fue aprobado este miércoles (12 de junio) luego de ser modificado. 

El RIGI ofrece una serie de beneficios impositivos, aduaneros y cambiarios, así como estabilidad normativa y protección contra abusos estatales, con el fin de incentivar inversiones a largo plazo. 

La primera modificación estuvo direccionada al artículo 165: se mantiene el monto base o mínimo para las inversiones de USD 200 millones, pero se restringieron los rubros incluidos. El régimen ya no se dirige a “cualquier sector”, sino a “foresto industria, infraestructura, minería, energía y tecnología”, además de “turismo, petróleo y gas, y siderúrgica”, que se sumaron luego.

Otro cambio es el de la incorporación de proveedores locales. Los proyectos que queden incluidos en el RIGI deberán asumir el compromiso de destinar, como mínimo el 20% del monto total de la inversión, a la contratación de proveedores nacionales siempre y cuando “la oferta se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad”. Dicho porcentaje mínimo deberá mantenerse en las etapas de construcción y operación.

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Otro retoque importante se dio en el artículo 196 de incentivos cambiarios, sobre el cobro de exportaciones. Será de un 20% luego de dos años de iniciada la inversión; 40% después de tres años; y 100% a partir de los cuatro años. 

En el artículo 166, se establece que el plazo para adherirse al RIGI será de dos años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente régimen. Pero el Poder Ejecutivo nacional podrá prorrogar por única vez la vigencia del plazo para acogerse al RIGI por un período de hasta un año, a contar desde el vencimiento del plazo anterior.

Fuente: Clarín

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