Argentina: Santa Cruz refuerza el cierre de minas con nuevos estándares

La medida se enmarca en la Ley Provincial Nº 3751 de Cierre de Minas e incorpora monitoreos ambientales participativos, criterios ESG, huella hídrica y de carbono, economía circular y medidas frente al cambio climático.| Foto: Gobierno de Santa Cruz
La medida se enmarca en la Ley Provincial Nº 3751 de Cierre de Minas e incorpora monitoreos ambientales participativos, criterios ESG, huella hídrica y de carbono, economía circular y medidas frente al cambio climático.| Foto: Gobierno de Santa Cruz

El Gobierno de Santa Cruz avanza en la implementación de la Ley Provincial N.º 3751 de Cierre de Minas con la entrada en vigor de la Disposición N.º 153/2026, que incorpora nuevas herramientas para fortalecer la participación ciudadana, la transparencia y la gestión sostenible de los proyectos mineros de la provincia.

El instrumento legal

La Ley N.º 3751 sentó las bases de la política minera de Santa Cruz al establecer un marco específico para el cierre de minas. La nueva normativa profundiza ese modelo con herramientas para fortalecer el monitoreo ambiental, mejorar la calidad y trazabilidad de la información y ampliar la participación de las comunidades en la gestión de la actividad minera.

En este marco, la Disposición N° 153/2026 establece lineamientos obligatorios para la implementación de monitoreos ambientales participativos, la incorporación de criterios ambientales, sociales y de gobernanza (ESG), la medición y gestión de huellas ambientales, la adopción de medidas de mitigación y adaptación al cambio climático, la implementación de estándares globales para la gestión de relaves y el fortalecimiento de los mecanismos de divulgación pública y acceso a la información.

Los monitoreos

Uno de los aspectos centrales de la nueva normativa, es la incorporación del monitoreo ambiental participativo, como herramienta concreta de transparencia y participación ciudadana. Los proyectos que se encuentren en etapa de exploración avanzada o explotación, deberán desarrollar estos monitoreos con una frecuencia mínima anual, garantizando la participación efectiva de trabajadores, representantes de las comunidades y de la autoridad minera.

Los monitoreos deberán comprender, como mínimo, variables vinculadas a los recursos hídricos superficiales y subterráneos, pudiendo ampliarse a componentes como flora, fauna y otros indicadores ambientales, de acuerdo con las características y riesgos de cada proyecto. Los resultados deberán ser accesibles a la comunidad y formar parte de los mecanismos de reporte y seguimiento establecidos.

La Disposición incorpora además indicadores vinculados con huella hídrica, huella de carbono, economía circular, gestión de residuos, género, derechos humanos y gobernanza corporativa, así como medidas de mitigación y adaptación frente al cambio climático. Esta información será integrada progresivamente en un sistema unificado de reporte ambiental y ESG, permitiendo fortalecer la capacidad del Estado para analizar el desempeño de los proyectos y mejorar la toma de decisiones, basada en información verificable y comparable.

Nueva etapa

De esta manera, Santa Cruz avanza en una concepción del cierre de minas que no comienza cuando finaliza la explotación, sino que debe ser planificado y gestionado durante todo el ciclo de vida del proyecto. La incorporación de variables ambientales, sociales, climáticas y de gobernanza, permite anticipar riesgos y proyectar el futuro de los territorios mineros con una perspectiva de largo plazo.

La Disposición N.º 153/2026 busca fortalecer el monitoreo ambiental, la transparencia y la participación ciudadana como parte de la estrategia provincial para una minería más sostenible.

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