La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) de Chile ha iniciado un proceso sancionatorio contra Sociedad de Inversiones Tierra del Fuego Limitada, titular del Proyecto Minero Tierra del Fuego-División El Dorado, tras constatarse incumplimientos al permiso ambiental de la faena, ubicada en la región de Coquimbo.
La minera produce de 4500 a 100 000 toneladas al mes de concentrado de hierro. En su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) se proyectó, junto con la ampliación de la capacidad de procesamiento de la planta, implementar modificaciones a los procesos e infraestructuras, considerando como método de explotación la extracción de minerales existentes en los desmontes ubicados en la Mina El Dorado.
La fiscalización en terreno se focalizó en determinar si la operación minera se ajusta a lo estableció en el permiso ambiental del proyecto. Producto de los hallazgos detectados, a la empresa se le imputan 5 cargos: 3 leves y dos de carácter grave. Esto, según la Ley Orgánica de la SMA, podría acarrear multas de hasta 13 000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a más de 9800 millones de pesos (USD 12 millones aproximadamente).
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El jefe regional de la SMA en Coquimbo, Gonzalo Parot, explicó respecto a este caso que: “fiscalizamos el proyecto debido a denuncias sobre una planta de procesos que no estaba contemplada en la RCA del proyecto. El cargo más grave que se imputa al titular es que el proyecto ejecutado no corresponde a lo que se evaluó ambientalmente, pues el titular, autorizado únicamente para extraer minerales de desmontes existentes, implementó la explotación de rajos mineros —rajos El Dorado Sector Norte y El Dorado Sector Sur— para beneficio de minerales de hierro, sin contar con RCA que lo autorice. Entre numerosos hallazgos, otro incumplimiento grave y que acarrea efectos ambientales es que la minera no encapsuló su proceso de operación de chancado ni sus seis correas transportadoras, lo que genera la dispersión del material particulado.”
Notificada de la formulación de cargos por parte de la SMA, la minera cuenta con 10 días para presentar un Programa de Cumplimiento o 15 días para sus descargos, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.