La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) propuso un aumento en el derecho especial y derecho extraordinario sobre minería, cuyas tasas pasarían de 7.5% a 8.5% y de 0.5% a 1.0%, respectivamente.
El derecho especial sobre minería es como un impuesto a la utilidad adicional a los titulares de concesiones y asignaciones mineras, que los obliga al pago de una tasa sobre la utilidad que resulte de disminuir de los ingresos acumulables las deducciones establecidas en la LISR, excluyendo las deducciones de inversiones, intereses y ajuste anual por inflación. Por su parte, el derecho extraordinario sobre minería estipula el pago de una tasa sobre los ingresos brutos de las ventas de oro, plata y platino.
El Gobierno mexicano justificó la propuesta argumentando que las empresas mineras han obtenido beneficios significativos debido al alza de los precios internacionales de los metales, y que los minerales y sustancias del subsuelo son bienes no renovables que deben optimizarse.
Actualmente, la SHCP cobra un derecho especial de 7.5% a la utilidad neta por la enajenación o venta de la actividad extractiva, así como un derecho extraordinario sobre minería, correspondiente a 0.5% sobre los ingresos por enajenación del oro, plata y platino. Además, aplica un derecho adicional sobre minería por hectárea en concesiones sin exploración o explotación.
Según datos de la Cámara Minera de México (camimex), las aportaciones fiscales del sector minero experimentaron una caída de 32.2% en 2023 en comparación con 2022, registrando un monto de 49 445 millones de pesos (USD 2457 millones aproximadamente), “como consecuencia directa del cierre de operaciones y la falta de crecimiento en el sector”.
En forma desglosada, estas contribuciones fueron así: Impuesto Sobre la renta (37 888 millones de pesos), derechos mineros (2876 millones de pesos), nuevos derechos mineros (8682 millones de pesos).
Fuente: El Economista