Panamá: Presidente Cortizo acatará fallo de la Corte Suprema sobre contrato minero

Vie, 17/11/2023
El mandatario anunció que la empresa Minera Panamá realizó el pago de sus obligaciones al Estado. | Crédito: Gobierno de Panamá

El presidente de Panamá, Laurentino Cortizo Cohen, hizo un llamado al país para que respetemos el Estado de Derecho y se proteja la institucionalidad que consiste en que cada Órgano del Estado cumpla con las funciones que constitucionalmente le corresponden.

En un mensaje a la nación, el mandatario solicitó esperar los tiempos que determinan los fallos de la Corte Suprema de Justicia y reiteró que acatará el fallo que emitan los magistrados sobre la Ley del Contrato Minero.

“Panamá es un país democrático donde todos debemos respetar el Estado de Derecho y proteger la institucionalidad que consiste en que cada Órgano del Estado cumpla con las funciones que constitucionalmente le corresponden”, dijo Cortizo Cohen.

En su discurso, el presidente también informó al país que (ayer) la empresa Minera Panamá (subsidiaria de First Quantum Minerals) realizó el pago correspondiente a sus obligaciones establecidas en el contrato ley.

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No obstante, Cortizo Cohen indicó que mientras se está a la espera del fallo de la Corte Suprema de Justicia, giró instrucciones al Ministerio de Economía y Finanzas para que este dinero pase a una cuenta restringida en el Banco Nacional de Panamá donde no se pueda utilizar.

Recordó que, a raíz de las solicitudes del pueblo, se aprobó la Ley 407 el 3 de noviembre de 2023 que prohíbe la minería metálica en todo el territorio nacional y en cumplimiento de la misma, el Ministerio de Comercio e Industrias a través de la Dirección Nacional de Recursos Minerales procedió a tramitar la cancelación de siete concesiones y continuará con las otras concesiones pendientes.

El presidente indicó que, en paralelo a la solicitud a la derogatoria de la Ley 406 presentada por grupos organizados el Ejecutivo formuló una consulta al Procurador General de la Administración sobre la viabilidad jurídica de dicha solicitud.

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